EXTRANJERO · PARTITA IVA

Partita IVA y traslado al extranjero: ¿darla de baja o mantenerla?


Puedes seguir trabajando con clientes italianos desde el extranjero. Pero cambian el IVA, la facturación, las cotizaciones, las retenciones y el riesgo de seguir tributando en Italia.

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En resumen

  • Si desde el extranjero prestas servicios generales a empresas italianas, el IVA lo liquida el cliente por inversión del sujeto pasivo (arts. 7-ter y 17, apartado 2, DPR 633/1972): no necesitas una Partita IVA (número fiscal y de IVA italiano) en Italia.
  • El forfettario (régimen de tributación a tanto alzado) solo sigue siendo posible si resides en un país de la UE o del EEE y obtienes en Italia al menos el 75 % de tu renta.
  • La baja debe comunicarse en un plazo de 30 días; para los profesionales, la actividad solo se cierra cuando todos los honorarios se han facturado y cobrado.
  • Las cotizaciones se pagan por regla general en el país en el que trabajas (Reg. CE 883/2004 en la UE y convenios bilaterales fuera de la UE).

IVA y facturación a clientes italianos desde el extranjero

  • En los servicios generales B2B que un proveedor extranjero presta a una empresa italiana, el IVA lo adeuda el cliente por inversión del sujeto pasivo (arts. 7-ter y 17, apartado 2, DPR 633/1972): facturas sin IVA italiano y no necesitas una Partita IVA en Italia.
  • Son excepción algunas operaciones que se entienden realizadas en Italia y no están sujetas a inversión del sujeto pasivo, por ejemplo los servicios relacionados con inmuebles situados en Italia prestados a particulares. En estos casos se necesita la identificación directa (art. 35-ter DPR 633/1972, para los sujetos de la UE) o un representante fiscal (art. 17, apartado 3, DPR 633/1972). Para los servicios electrónicos prestados a particulares italianos se puede usar la ventanilla única OSS.

Forfettario siendo residente en otro país de la UE

El régimen forfettario sigue siendo accesible para quien reside en otro Estado de la UE o del EEE que garantice un intercambio de información adecuado, solo si al menos el 75 % de la renta se obtiene en Italia (art. 1, apartado 57, letra b), L. 190/2014). Si te trasladas a Suiza, Reino Unido, Estados Unidos o Australia, el forfettario deja de estar disponible.

Dar de baja la Partita IVA: plazos y reglas

  • La declaración de cese debe presentarse en los 30 días siguientes al cierre de la actividad (art. 35, apartado 3, DPR 633/1972).
  • Para los profesionales, la actividad no se considera cesada hasta que se han facturado y cobrado todos los honorarios, incluidas las minutas pendientes de cobro (Cass. SS.UU. n. 8059/2016).
  • Los honorarios por servicios prestados en Italia siguen tributando en Italia y el cliente que actúa como retenedor aplica la retención del 30 % (art. 25, apartado 2, DPR 600/1973), salvo convenio. Si el servicio se presta íntegramente en el extranjero, la renta no es de fuente italiana (art. 23, apartado 1, letra d), TUIR).

Cotizaciones y establecimiento permanente tras dejar Italia

  • En la UE las cotizaciones se pagan por regla general en el país en el que trabajas (Reg. CE 883/2004); si trabajas en varios Estados, necesitas el certificado A1.
  • Con el Reino Unido (Protocolo sobre seguridad social del Acuerdo UE-Reino Unido), Estados Unidos, Canadá, Australia y otros países se aplican convenios bilaterales de seguridad social.
  • Si mantienes en Italia una oficina o una organización estable, la renta atribuible a ella sigue tributando en Italia como establecimiento permanente (art. 162 TUIR).

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Riesgos de la Partita IVA al trasladarte al extranjero

  • Mantener abierta la Partita IVA sin cumplir los requisitos: obligaciones formales, sanciones y requerimientos de la Administración.
  • Mantener en Italia una sede o una organización estable y seguir tributando en Italia.
  • Pagar cotizaciones en dos países.

Cómo te ayudamos con tu Partita IVA

  • Antes de tu salida valoramos si dar de baja, mantener o transformar la actividad.
  • Organizamos la facturación y el IVA frente a los clientes italianos desde el nuevo país.
  • Coordinamos cotizaciones, retenciones y residencia para evitar la doble imposición.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir en el régimen forfettario si vivo en el extranjero?

Solo si resides en un país de la UE o del EEE y obtienes en Italia al menos el 75 % de tu renta, además de cumplir los demás requisitos legales.

¿Tengo que dar de baja la Partita IVA antes de irme?

Depende de cómo vayas a trabajar: hay que decidirlo antes, para evitar obligaciones y requerimientos innecesarios. Para los profesionales, la baja presupone haber cobrado todos los honorarios.

¿Pueden seguir pagándome mis clientes italianos si vivo fuera?

Sí, con la facturación correcta para un proveedor extranjero. Si el servicio se presta en Italia, el cliente aplica la retención del 30 %, salvo convenio.

¿Necesito una Partita IVA italiana para trabajar con clientes italianos?

Para los servicios generales a empresas, no: el cliente aplica la inversión del sujeto pasivo. Para algunas operaciones realizadas en Italia, como los servicios relacionados con inmuebles italianos prestados a particulares, sí, salvo que pueda usarse la ventanilla única OSS.

¿Cuánto cuesta una consulta con Andrea Matera?

La consulta online cuesta 150 € + IVA por 30 minutos, 300 € + IVA por 60 minutos y 450 € + IVA con un documento escrito de resumen y plan. Se realiza por videollamada, en italiano o en inglés, estés donde estés.

El autor

Andrea Matera es Dottore Commercialista colegiado en Génova, auditor de cuentas (Revisore Legale) y Chartered Accountant (ICAEW, ACCA). Seleccionado por Forbes entre los Top 100 Tax & Legal de Italia en 2024, 2025 y 2026 y galardonado como Young Accountant of the Year en los International Accounting Awards 2025, asesora a expats, familias y empresas en la fiscalidad entre Italia y otros países. Es autor de «Becoming Italian Tax Resident» y «Doing Business in Italy».

Información de carácter general actualizada a 22 de octubre de 2026: no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto.

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